MANIFIESTO POR LA VIDA.
COLEGIO DE ABOGADOS DE TUCUMAN.
San Miguel de Tucumán, 25 Mar. 11 (AICA)
Abogados tucumanos por el derecho a la vida
“El derecho a la vida es un derecho fundamental que tiene todo ser humano del cual surgen todos los demás derechos, pues sin el mismo se torna imposible el ejercicio del resto”, aseguró la Comisión de Derecho a la Vida del Colegio de Abogados de Tucumán en un manifiesto con motivo del Día del Niño por Nacer, fecha que se celebra por ley en esa provincia.
Tras destacar los fundamentos que llevaron a establecer esta fecha en Tucumán, advirtió sobre los valores que se ponen en juego en el debate parlamentario de los proyectos para legalizar el aborto:
1- La INSTITUCIONALIDAD: o sea la vigencia misma de las instituciones, pi-lares de nuestro sistema representativo, republicano y democrático de gobierno, ya que al perder el sustento moral que les da la autoridad, en razón del “grave perjurio” en que incurrirían quienes ocupan sus puestos habiendo jurado por la Constitución Nacional y legislen, sentencien y administren (léase legisladores, jueces , presidente y ministros), en contra de sus magnos preceptos, no llevan sino a la AUTODESTRUCCION DEL SISTEMA DEMOCRATICO. No olvide el pueblo que “ninguno de ellos tiene representación ni poder delegado” para tomar decisiones contrarias a las normas, principios y valores fundamentales sustentados en nuestra Ley Suprema.
2- La CONSTITUCIONALIDAD: o sea, la vigencia misma de la Constitución, ley suprema de la nación, implica la absoluta ilegalidad e invalidez de leyes, sentencias y actos administrativos que admitan, amparen o promuevan el aborto en cualquiera de sus formas.
Sepa el pueblo argentino que nuestra Constitución Nacional (y mu-chas constituciones provinciales, en forma expresa) sanciona y establece el “DERECHO A LA VIDA”, y ampara al ser humano “desde la concepción”., así como también el “DERECHO A LA IGUALDAD”, que por su intrínseca dignidad tienen TODOS los seres humanos.
Esto significa que el niño en gestación que VIVE dentro de la mujer que quiere abortar, tiene igual derecho de protección jurídica que el niño que vive en la embarazada que sí lo quiere parir; y el Estado está OBLIGADO a protegerlo.
Tienen rango constitucional los tratados internacionales firmados por nuestra República Argentina, tales como: Convención Americana sobre Derechos Humanos: Pacto de San José de Costa Rica, Convención sobre los derechos del Niño; Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Todos estos pactos proclaman el “Derecho a la Vida y la dignidad de TODO se humano”, y al suscribirlos nuestro país hizo EXPRESA RESERVA de defender la vida humana” DESDE LA CON-CEPCION”.
3- EL ORDEN JURIDICO: desde que tales proyectos de ley, si prosperaran desarticularían todo el ordenamiento normativo, e introducirían groseras contradicciones, con el consecuente desorden legal, y descrédito del derecho, ya que se estaría consagrando la injusticia , la ley del más fuerte, y la desprotección del más débil, contrariando al derecho natural.
Sepa también el pueblo, que el ordenamiento jurídico es a una so-ciedad, lo que la columna vertebral es al cuerpo humano. Si se desarticula, se desmorona y colapsa.
4.- LA EXISTENCIA MISMA DEL DERECHO: EL DERECHO PIERDE SU RAZON DE SER. Un estado en el que cada uno obtiene su propia ley de conveniencia, en el que la vida vale según quién la reclame, y según las circunstancias de hecho, en el que la vida deja de ser un bien jurídico inviolable, no es estado de derecho. El derecho deja de existir. Un Estado sin derecho está condenado a perecer.
Por último, los profesionales del Derecho sostuvieron que “la institucionalidad, la constitucionalidad, el orden jurídico y la vigencia del derecho, son los firmes pilares de todo Estado de Derecho, de una nación progresista y de un
pueblo digno y responsable; ellos garantizan y sustentan el Bien Común. Su afrenta mediante leyes, sentencias y actos administrativos, no hace sino más que llevarlos inexorablemente a su desintegración. Cada ciudadano tiene el deber primario e ineludible, y es responsable de defender y exigir el respeto a la vigencia de tales principios fundamentales”.+
MUJERES POR LA ADOPCION PRENATAL.
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