LAS FALACIAS DE BOUDOU (Parte I y II).
I. CORTE SUPREMA LIMITA DNU.
La Corte Suprema fijó límites para los decretos de necesidad y urgencia.
Por unanimidad, sostuvo que su uso debe ser excepcional y limitado.
Y que la Constitución no habilita al Ejecutivo a “elegir discrecionalmente” entre una ley y un decreto.
Lo hizo a través de un fallo que declaró inconstitucional un DNU del 2002.
“El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”, dijeron los jueces.
La decisión del tribunal se refiere específicamente a un DNU del 2002 que modificó la ley de seguros y que ahora fue considerado inconstitucional; pero los alcances políticos son mucho más amplios, ya que el fallo sienta jurisprudencia y abarca explícitamente el dictado en general de decretos de necesidad y urgencia.
Las opiniones de los magistrados fueron unánimes en los aspectos centrales (el único que firmo con disidencias fue Enrique Petracchi).
La sentencia sostiene que sólo se deben dictar DNU “en condiciones de rigurosa excepcionalidad”; que su regulación fue incluida en la Constitución para “atenuar el sistema presidencialista” y fortalecer el rol del Congreso y la independencia del Poder Judicial; que los jueces pueden controlar si efectivamente había estado de necesidad y urgencia y que la misma no equivale a la “mera conveniencia” política; que el PEN no está habilitado a “elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”.
En ese contexto, los jueces analizan que no había condiciones de necesidad o urgencia que justificaran el dictado del DNU cuestionado en lugar de la presentación de un proyecto de Ley en el Congreso y declararon su inconstitucionalidad
El caso se inició por una demanda de la organización Consumidores Argentinos contra una modificación de la ley de entidades de seguros que, según la entidad, quitaba derechos a los consumidores.
Tanto el juez de primera instancia como la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal habían hecho lugar a la demanda, ante lo que el Estado Nacional había planteado un recurso extraordinario.
El caso es anterior a la ley 26122 que regula los DNU, por lo que esa ley no fuera cuestionada.
II.EL RIESGO PAIS.
Volvió al nivel que mostraba ocho meses atrás, licuando por completo los beneficios generados por la expectativa positiva que existía en los mercados ante la voluntad que el Gobierno mostraba para terminar de regularizar la situación financiera de la Argentina.
La tasa de riesgo país, representativa del diferencial de precio que los inversores reclaman a un emisor soberano respecto del que paga el Tesoro de Estados Unidos (considerado a estos fines el deudor más confiable), se disparó casi el 10% en una jornada de por sí difícil para todos los mercados, que se hizo más complicada para los emergentes, en general, y para la deuda argentina, en particular.
Los precios de los títulos locales cayeron hasta un 7,7% (fue el caso del Discount en dólares y emitido bajo ley extranjera) por el mal clima global, pero también por la decepción que provocó la baja adhesión que hasta aquí recibió la oferta de canje lanzada por el Gobierno (45%), la que estará abierta hasta el 7 de junio pero corre el riesgo de no alcanzar ni los mediocres objetivos de aceptación con que el Gobierno se daba por satisfecho (60%).
El índice de riesgo país, elaborado por el banco JP Morgan, que sólo considera la deuda emitida por el país en moneda extranjera, se disparó 78 unidades para cerrar a 860, el nivel más alto desde el 10 de septiembre pasado.
Hace un mes estaba en 601.
En aquel mes de 2009, no casualmente, se detuvo el proceso de salida de capitales que había sido una constante para la economía local de 2007 en adelante, es decir, desde que el Gobierno comenzó a manipular las estadísticas.
Con la ola de ventas, impulsada por la aversión al riesgo que se disparó en las últimas semanas por la crisis del euro (que castiga por estos días duramente a Brasil también), el país corre el riesgo de reabrir esa sangría en momentos en que su economía más necesita de esos recursos para sostener su despegue.
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